A considerar:

SODIMAC S.A. -en adelante LA EMPRESA- garantizará la instalación de los productos adquiridos, comprados y/o vendidos en sus locales, en conformidad a las condiciones generales que pasan a expresarse y que EL CLIENTE, individualizado en el anverso de este instrumento declara conocer y aceptar en todas sus partes, firmando al final, en señal de aceptación, con todo, la sola invocación de garantía, hará prevalecer los siguientes términos.

  1. LA EMPRESA garantiza la correcta instalación y el adecuado funcionamiento de aquellos productos adquiridos por EL CLIENTE en sus establecimientos y cuya instalación el CLIENTE haya encomendado y pagado a la EMPRESA, y ésta última lo haya ejecutado a través de su Servicio Oficial de Instalaciones (en adelante SERVICIO HOGAR), todo lo anterior de conformidad a los siguientes términos.

  2. . La garantía de instalación tendrá una vigencia de 1 año, contados desde la fecha de recepción conforme de la instalación por parte de EL CLIENTE -en caso de no existir tal recepción, el plazo se contará desde la fecha del encargo y pago del servicio-, y cubrirá hasta el monto efectivamente pagado por EL CLIENTE por concepto del producto adquirido y su instalación. Esta garantía no cubre lucro cesante, ni daño moral, tampoco se extiende a daños, perjuicios y/o perdidas que superen el monto antes indicado. Para invocar y hacer efectiva la garantía, EL CLIENTE deberá exhibir la correspondiente boleta o factura asociada al Número de Proyecto indicado más adelante, y el presente instrumento debidamente firmado. Existen productos especiales con póliza de garantía de instalación extendida, cuyos términos primarán. Tales garantías son excepcionales y aplicables sólo a ciertos productos, y están diferenciadas por tipo de producto, marca y modelo; los términos de dichas garantías están disponibles en www.sodimac.cl/bases y además han sido protocolizadas en la 9ª Notaría de Santiago.

  3. La garantía de instalación, se refiere al producto específico instalado –y cuando corresponda, que ésta sea dentro de norma-, la instalación de uno o más productos específicos, se realiza en el contexto de una vivienda, con redes y sistemas pre-existentes (electricidad, agua, gas y/u otros); esta garantía no cubre las eventuales fallas o disconformidades de dichas redes pre-existentes, a modo de ejemplo si SERVICIO HOGAR instala un calefont en una vivienda, ello se hará –si existiere factibilidad técnica- en conformidad a la norma SEC aplicable a dicho artefeacto, sin embargo si existe un problema o disconformidad en la red interior pre-existente, no aplica la presente garantía. La garantía de instalación será valida solo por la ejecución de trabajos pagados a LA EMPRESA que figuran en el presupuesto de instalación, de no ser pagado el total del presupuesto y la adquisición en SODIMAC de los productos descritos para su ejecución, el trabajo ejecutado quedará sin garantía. El presupuesto y la garantía son válidos sólo cuando el producto y la instalación ha sido comprada/encargada y pagadas ambas en SODIMAC y se exhibe el respaldo de la boleta o factura de venta de materiales y servicios de instalación asociada a la presente Orden de Servicio. Cualquier negociación o tratativa directa entre EL CLIENTE y el contratista instalador dejará sin efecto la presente garantía.

  4. La presente garantía no responde por desperfectos, daños, mal funcionamiento, ni problemas de estética o presentación, ni fallas que se deban –directa o indirectamente- a la calidad deficiente o mal estado de las superficies, cañerías, muros, tabiquería, pisos, suelo, jardín, accesos o cualquier otro soporte o área donde se efectúen las instalaciones contratadas por EL CLIENTE. EL CLIENTE deberá indicar la existencia y posición de cañerías, tuberías y/o ductos (fueren de gas, electricidad, y/o agua) en muros, tabiquerías y/o pisos del área en que se vayan a ejecutar los trabajos encargados; en caso de dudas, será de responsabilidad del CLIENTE proporcionar los planos de especialidades. EL CLIENTE deberá asimismo indicar otras condiciones relevantes eventualmente adversas y/o que pudieren tener impacto en la instalación y/o sus resultados, tales como eventuales contraindicaciones, pre-existencias o daños no observables producto de sismos, inundaciones o deslizamientos anteriores, etc. A falta de advertencia o indicación se presumirá que el área de trabajo está libre de ductos, cañerías, y tanto éstas como las superficies se encuentran hechas y/o habilitadas de acuerdo a la norma técnica aplicable, y que no hay condiciones desfavorables y/o contraindicaciones para la instalación; por lo que si la instalación no tuviere los estándares aplicables producto de tales condiciones desfavorables y/o contraindicaciones, ello será de única responsabilidad de EL CLIENTE.

  5. Los daños, fallas o desperfectos que sean producto de caso fortuito o fuerza mayor (entre otros incendio, robo, sismo, maremoto, rayos, inundaciones, desbordes, desordenes populares), no se encuentran cubiertos por la presente garantía. La presente garantía no cubre los eventuales desperfectos, daños o cualquier deterioro en los productos instalados que provengan de golpes, mal uso o uso inadecuado, o que provengan de exceso de cargas en peso o magnitud, ni tampoco el deterioro producido por el uso normal y/o el transcurso del tiempo; tampoco cubre fallas no atribuibles al servicio de instalaciones contratado, tales como cambio de insumos (filtros, lubricantes, pilas, energía, y similares). Si EL CLIENTE invocare una vez la garantía, se visitare por personal técnico en terreno una vez y este Servicio descarta que la falla o desperfecto fuere amparada por la garantía, y en dicho caso EL CLIENTE vuelve a invocar garantía, deberá pagar el valor de esta segunda (y sucesivas) visita técnica; con todo si tal Servicio de Instalaciones concluyere que la falla está amparada, el valor de esta segunda visita será re-embolsado a EL CLIENTE.

  6. Si en la visita de presupuesto y factibilidad, o en la visita de rectificación, o en su caso en la visita de instalación de venta directa (esto es en aquellos en que se contrata directamente la instalación sin visita de factibilidad), se determina que la solicitud o la instalación no es factible, y/o el CLIENTE no contratare la instalación, el valor pagado por la visita no se devuelve (y en el caso de las instalaciones ya canceladas, se descontará el valor de visita). No se ejecutará ningún tipo de trabajo si las condiciones existentes no aseguran una buena calidad de ejecución de la instalación específica, lo cual será determinado por LA EMPRESA y/o contratista instalador de SERVICIO HOGAR. EL CLIENTE deberá velar por que siempre se encuentre presente en el lugar de la instalación una persona adulta y responsable; se presumirá que las personas que se encuentran en el lugar de instalación se encuentran habilitadas y autorizadas por EL CLIENTE para recibir materiales, firmar documentos, dar instrucciones y tomar providencias respecto de las obras e incluso firmar el Formulario de Término y Recepción de Obra.

  7. Será de exclusiva responsabilidad del CLIENTE tomar todas las medidas y providencias para garantizar condiciones seguras en el área en que se desarrollan los trabajos, incluyendo todas las acciones y advertencias que fueren procedentes para salvaguardar cualquier accidente o daño en personas y/o bienes, lo anterior se extiende especialmente a quienes habitan y/o se encuentren en la vivienda o lugar en que se efectúe la instalación.

  8. En los días con lluvias no se realizarán instalaciones, considerando que es un factor relevante para una adecuada ejecución, por seguridad de los instaladores y/o para la garantía respectiva. Las instalaciones programadas se suspenderán y reagendarán hasta cuando las condiciones climáticas y/o de seguridad lo permitan, los plazos están sujetos a nuevas programaciones. Se deja constancia que las instalaciones se efectúan en horarios y días hábiles; si el CLIENTE requiere instalación en días inhábiles o en horario nocturno, o si tuviere limitaciones de ruido en el horario normal, tales circunstancias serán acordadas por separado y sujetas al recargo respetivo.

  9. Condiciones de Almacenamiento; el domicilio deberá contar con espacio adecuado para el almacenamiento de todos los materiales, en tanto éstos se reciban y mientras se encuentre la obra en ejecución. La custodia de materiales es de completa responsabilidad del CLIENTE. Escombros y Daños en El Jardín; se deja claramente establecido que una obra de construcción como las que nos ocupa conlleva necesariamente daños en el jardín, en accesos y lugares donde se ejecuta la obra, accede personal y/o maquinarias, y donde se almacenan los materiales y depositan los escombros y/o baño químico. SODIMAC no toma responsabilidad sobre dichos daños.
    Asimismo, el CLIENTE deberá disponer de un lugar adecuado para depositar los escombros –de existir- y una vez finalizada la obra, el CLIENTE deberá dar las facilidades para que SODIMAC pueda disponer de su retiro a un lugar adecuado y por un medio idóneo.

  10. Si la instalación contratada requiere de permiso municipal (o de otro tipo), éste deberá ser gestionado, y obtenido por el CLIENTE a su propio cargo cuenta y costo. Toda sanción o multa será asumida completa y exclusivamente por el CLIENTE contratante de este servicio.

  11. Servicios Higiénicos: El CLIENTE deberá facilitar baño, de lo contrario contratar un baño químico a su cargo y cuenta; asimismo deberá disponer de lo necesario para la instalación, y mantención de tal baño.


  12. MEDIDAS PARA VISITAS / ARMADOS / INSTALACIONES PERÍODO DE COVID-19


    Cliente declara que en su propiedad, donde se ejecutará el Servicio, no reside ninguna persona con COVID-19 confirmado ni con síntomas compatibles con COVID-19 ni que haya estado en contacto con personas con COVID-19 o con síntomas dentro de las 48 horas previas a la confirmación del contagio o detección de los síntomas y que, en caso de que haya personas pertenecientes al grupo de riesgo, las mismas estarán ausentes de la propiedad al momento de ejecutarse el servicio y por el plazo completo que el mismo durare . Si el cliente no declara dicha información, no se puede concretar el contrato de prestación de servicios

    USO DE MASCARILLAS: Durante la ejecución de los trabajos es OBLIGATORIO el uso de mascarillas tanto para nuestros Técnicos, Cliente y toda persona residente en el domicilio, en caso de falta de elementos de protección personal, SODIMAC tiene la facultad de retirarse del domicilio y SUSPENDER el servicio contratado hasta que Cliente pueda asegurar el cumplimiento y uso de sus elementos de protección sanitaria personal.

    PERSONAS DE ALTO RIESGO: SODIMAC se reserva el derecho de no atender y por tanto no dar comienzo a los proyectos, en casos que en la propiedad se encuentren personas asmáticas, con enfermedad pulmonar crónicas, diabetes, afecciones cardíacas graves, enfermedad renal crónica, obesidad grave, personas de 65 años o más, personas con enfermedad inmunodeprimidas y enfermedades hepáticas (grupos de riesgos según Minsal).

    BAÑO EXCLUSIVO PARA TÉCNICOS: Se solicita al Cliente facilitar un baño para uso exclusivo de los técnicos, evitando así compartir este recinto. En el caso que Cliente no cuente con un baño exclusivo para personal de SODIMAC, se considerará el arriendo de un baño químico, valor que se incluirá en el presupuesto. Cliente deberá permitir y definir lugar de instalación en lugar acorde a la limpieza de éste. Si Cliente no tiene las condiciones para la instalación del Baño químico, SODIMAC se reserva el derecho de no dar comienzo a los proyectos. En caso de que el cliente facilite el baño exclusivo, el personal de Sodimac limpiará y sanitizará el mismo después del uso diario.

    CUARENTENA: En el caso que las autoridades decreten cuarentena obligatoria en la comuna donde se sitúen los equipos de trabajo y/o Clientes, las actividades de instalación del proyecto quedarán suspendidas hasta que la medida sea revocada. En los casos que las autoridades sanitarias determinen aislar una zona o territorio para evitar la propagación, estableciendo cordones sanitarios que prohíban el ingreso y salida de la comuna, las actividades de las obras independiente de la etapa en que se encuentren quedarán detenidas hasta el levantamiento de dicha restricción.

    PERSONAL EXTERNO: SODIMAC para iniciar sus actividades requiere del cumplimiento de la distancia de seguridad entre persona a persona, en dicho caso, se informa a cliente que una condición para iniciar actividades es que no exista personal externo trabajando en el domicilio, debido al uso de baño y áreas comunes.

    OTROS ALCANCES


    Departamentos: Cliente debe tener autorización de la administración para el ingreso del personal externo e informar las medidas de seguridad definidas por el edificio.

    Revisiones de Obra: Se acodará con Supervisor las medidas para ingreso para la revisión de obra por parte del Cliente.

    Programaciones de Obra: Las programaciones de las instalaciones, se realizarán con una proyección de máximo 5 días hábiles de ejecución; de no existir medidas de contingencia se dará continuidad por ciclos de 5 días hábiles hasta el término de la instalación.

    Firma CLIENTE:
    Nombre CLIENTE:
    RUT CLIENTE:
    Nº de Proyecto: